A partir del año 1992 el Municipio dicta su PROPIA CARTA ORGANICA, la que luego es aprobada por la Cámara de Diputados y Senadores de la provincia y promulgada como Ley Nº 6.816; CARTA ORGANICA MUNICIPAL DE PICHANAL, pasando a ser un municipio de Primera categoría.
En el año 1.959 Pichanal fue declarado Municipio de Segunda categoría rigiéndose por la ley de municipalidades Nº 1.349. Anteriormente a esa fecha Pichanal era una delegación Municipal dependiente del Municipio de Orán.
En el año 1.959 Pichanal fue declarado Municipio de Segunda categoría rigiéndose por la ley de municipalidades Nº 1.349. Anteriormente a esa fecha Pichanal era una delegación Municipal dependiente del Municipio de Orán.
Foto: Edificio donde funciona la Municipalidad de Pichanal - Calle Salta
El poder ejecutivo es ejercido por el Intendente Municipal quien dura 4 años en sus funciones pudiendo ser reelecto en forma indefinida.
El poder legislativo se compone actualmente de 9 concejales Municipales y su mandato es de 2 años y que también pueden ser reelegidos.
El poder legislativo se compone actualmente de 9 concejales Municipales y su mandato es de 2 años y que también pueden ser reelegidos.
Foto: Ruta Nacional Nº 34 - a Salta.